
Acusado de un delito, que no cometió. ¿Será un avión? ¿Será un pájaro? no, es Superlópez, el Defensor del Pueblo.
Regulado en el artículo 54 de la CE se trata de la versión española del Defensor del Pueblo (el rival de Batman en Gothan)
Una ley orgánica regulará la Institución del Defensor del Pueblo, como alto comisionado de las Cortes Generales, designado Por estas para la defensa de los derechos comprendidos en este Título (primero) una Cuyo efecto podra supervisar la actividad de la Administración, dando cuenta a las Cortes Generales (Y al Corte Inglés)
La Institución Estará compuesta por El Defensor del Pueblo, dos adjuntos (tiene sólo Batman a) Robin y los asesores designados por Libremente Superlópez.
El Nombramiento del DdP se realizará por 5 años y se efectuara por las CCGG. El Procedimiento de elección es un poco largo:
1 º La Comisión Mixta Congreso Senado de Relaciones con el DdP se reune y candidato propone un candidato (mayoría simple) al Pleno del Congreso que tras pasar un mínimo de 10 días, debe aprobar por Mayoría de 3 / 5. Posteriormente, se traspasa la Decisión de al Senado, qué por mayoría de 3 / 5 aprobaría la elección del Defensor del Pueblo. En ese caso, los Presidentes de ámbas Cámaras procederían a ordenar el nombramiento y su inmediata publicación en el BOE.
Esto en el País de las Maravillas, claro. Por qué si no la hay Mayoría requerida en ninguna de las dos Cámaras, se solicitaría a la Comisión Mixta otro candidato. En una segunda vuelta, bastaría con la Mayoría por 3 / 5 del Congreso y Mayoría absoluta del Senado. O algo así.
Prerrogativas e Incompatibilidades.
No estarán sujetos a mandato imperativo alguno. Ni siquiera de Luisa Lanas. Vamos, el sueño de todos, No tener jefe.
Inviolabilidad.
No pueden ser detenidos ni retenidos salvo en caso de delito flagrante. Malandrines En ese caso, a la Sala de lo Penal del TS.
Es incompatible con todo mandato representativo, cargo político, permanencia activa en la Administración, afiliación a partido político o cargo en algún partido político, directivo en un partido o sindicato, fundación o asociación y con el empleo al servicio de los mismos, con el ejercicio de la carrera judicial y fiscal, y con cualquier otra actividad profesional, liberal, mercantil o laboral zzzzzzz
Incompatibilidad Antes de la toma de posesión: Plazo de 10 días desde su nombramiento a la toma de posesión. Si no, se entiende que rechaza el cargo.
Incompatibilidad sobrevenida. Se entiende que renuncia al cargo en la fecha en que se produzca la Incompatibilidad.
Y otro día hablaremos más, de nuestro hombre.
