1) Órgano especializado.
2) Independiente de cualquier poder. No integrado en el Poder Judicial.
3) Funciones jurisdiccionales y políticas al mismo tiempo.
4) Cometido solo a la Constitución española y a su ley Orgánica. (L.O. del TC del 3/10/1979)
5) Intérprete supremo de la Constitución española.
6) Único en su orden. Jurisdicción nacional.
7) Composición constitucionalmente determinada. Presidente y sus miembros nombrados por el rey.
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