miércoles, 27 de mayo de 2009

El presidente de la Diputación Provincial.

Órgano unipersonal, con facultades propias diferenciadas de los restantes miembros de la corporación. Preside y representa.

Constitución de la Diputación Provincial.

Sesión: Quinto día posterior a la proclamación de los diputados electos a las doce horas, previa entrega de las credenciales al Secretario de la Corporación.

Quórum: Mayoría absoluta en esta primera sesión, si no, 2 días después otra sesión sin que sea necesario quórum.

Presidencia: La mesa. Mesa de edad, formada por el diputado de más edad, y el de menos edad más el secretario de la corporación. Comprueban las credenciales presentadas y declaran constituida la corporación.

Elección: 1ª Vuelta Mayoría absoluta, 2ª Vuelta mayoría simple.

Destitución:

a) Moción de Censura. Suscrita por la mayoría absoluta y aprobada con la misma mayoría.
b) Cuestión de Confianza vinculada a: Presupuestos anuales, Reglamento Orgánico y al plan provincial de cooperación a obras y servicios de competencias municipales.

Nuevo presidente será elegido de acuerdo al sistema previsto en los alcaldes de municipios de mas de 250 habitantes.

Renuncia:

Por escrito al pleno.

10 días para adoptar acuerdo de conocimiento.
Vacante se cubrirá de la forma establecida en la legislación electoral.

Duración de mandato: 4 años a partir de la fecha de elección.

Atribuciones:

1) Dirigir el Gobierno y la Administración de la Provincia
2) Representa a la diputación.
3) Convoca y preside las sesiones del Pleno (Salvo excepciones) Voto de calidad.
4) Dirige, inspecciona e impulsa los servicios y obras (De la diputación)
5) Asegura la gestión de los servicios de la Comunidad Autónoma cuya gestión ordinaria está encomendada a la Diputación
6) Desarrollo de la Gestión económica de acuerdo con el presupuesto aprobado.
7) Aprueba la oferta de empleo.
8) Desempeña la jefatura superior de todo el personal.
9) Ejercicio de las acciones judiciales y administrativas y la defensa de la diputación.
10) Iniciativa de proponer al pleno, la declaración de lesividad en materia de competencia del presidente.
11) Aprobación de proyectos de obras y de servicios...
12) Ordena la publicación y ejecución, y hace cumplir los acuerdos de la diputación.
13) Las demás atribuciones que les atribuyan expresamente las leyes.
14) Otras atribuciones por ley del estado o de la comunidad y que no estén expresamente atribuídas a otros órganos.

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