Nombramiento. Nombrados y cesados por el presidente de entre los miembros de la Junta de Gobierno. Se dará cuenta en el 1er pleno posterior. Sin firma del presidente carecerá de valor.
Se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia.
Cese. Se perderá la condición de vicepresidente por cese, renuncia por escrito y por perdida de la condición de miembro de la Junta de Gobierno.
Atribuciones
Sustituyen al presidente.
Desempeñar funciones de presidente en caso de vacante hasta que tome posesión.
martes, 2 de junio de 2009
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