miércoles, 10 de febrero de 2010

El defensor del Pueblo. Primer episodio.


Acusado de un delito, que no cometió. ¿Será un avión? ¿Será un pájaro? no, es Superlópez, el Defensor del Pueblo.
Regulado en el artículo 54 de la CE se trata de la versión española del Defensor del Pueblo (el rival de Batman en Gothan)


Una ley orgánica regulará la Institución del Defensor del Pueblo, como alto comisionado de las Cortes Generales, designado Por estas para la defensa de los derechos comprendidos en este Título (primero) una Cuyo efecto podra supervisar la actividad de la Administración, dando cuenta a las Cortes Generales (Y al Corte Inglés)


La Institución Estará compuesta por El Defensor del Pueblo, dos adjuntos (tiene sólo Batman a) Robin y los asesores designados por Libremente Superlópez.


El Nombramiento del DdP se realizará por 5 años y se efectuara por las CCGG. El Procedimiento de elección es un poco largo:


1 º La Comisión Mixta Congreso Senado de Relaciones con el DdP se reune y candidato propone un candidato (mayoría simple) al Pleno del Congreso que tras pasar un mínimo de 10 días, debe aprobar por Mayoría de 3 / 5. Posteriormente, se traspasa la Decisión de al Senado, qué por mayoría de 3 / 5 aprobaría la elección del Defensor del Pueblo. En ese caso, los Presidentes de ámbas Cámaras procederían a ordenar el nombramiento y su inmediata publicación en el BOE.


Esto en el País de las Maravillas, claro. Por qué si no la hay Mayoría requerida en ninguna de las dos Cámaras, se solicitaría a la Comisión Mixta otro candidato. En una segunda vuelta, bastaría con la Mayoría por 3 / 5 del Congreso y Mayoría absoluta del Senado. O algo así.
Prerrogativas e Incompatibilidades.
No estarán sujetos a mandato imperativo alguno. Ni siquiera de Luisa Lanas. Vamos, el sueño de todos, No tener jefe.
Inviolabilidad.
No pueden ser detenidos ni retenidos salvo en caso de delito flagrante. Malandrines En ese caso, a la Sala de lo Penal del TS.
Es incompatible con todo mandato representativo, cargo político, permanencia activa en la Administración, afiliación a partido político o cargo en algún partido político, directivo en un partido o sindicato, fundación o asociación y con el empleo al servicio de los mismos, con el ejercicio de la carrera judicial y fiscal, y con cualquier otra actividad profesional, liberal, mercantil o laboral zzzzzzz
Incompatibilidad Antes de la toma de posesión: Plazo de 10 días desde su nombramiento a la toma de posesión. Si no, se entiende que rechaza el cargo.
Incompatibilidad sobrevenida. Se entiende que renuncia al cargo en la fecha en que se produzca la Incompatibilidad.
Y otro día hablaremos más, de nuestro hombre.

martes, 9 de febrero de 2010

Los derechos "Pijos" 1/3

Es un decir. Me refiero a los famosos Artículos comprendidos en la Sección Primera del Capitulo Segundo del Título Primero. Y no lo digo por SuperlóPez (Pregunten por el Defensor del Pueblo) o por el recurso de la tal Amparo, si no, por que todo el mundo que lo estudia, me lo dice ... Estos ten cuidado con. También se regulan por ley orgAnica, como otras cosas, por cierto. Vamos, que el hijo fundamentalistas QUE HAY Y SU Garantizar compresisobre y asegurarse de su perfecta memorizaciÓn, El no va más de la literatura constitucional.



De los Derechos fundamentales y de las Libertades Públicas. (Faltan los deberes)



arte 15. Derecho a la vida. El mas polémico, El mas obvio. Quizás, Por los prueba He hecho que, las preguntas son las preferidas Qué tienen que ver con la Abolición de la pena de muerte (Salvo lo que PUEDAN Disponer de las leyes penales militares para tiempos de guerra) Cuando el articulo se Refiere a "todos" que quiere decir También Se incluyen los árbitros de fútbol, Aunque hayan sufrido algún empeñados en pitar sanciones en contra de tu equipo. Del aborto, mejor no hablamos. ¿Verdad?



arte 16. Libertad Ideológica religiosa y Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los Individuos y. .. Las comunidades, sin mas Limitación, En sus Manifestaciones, Que La Necesaria para el mantenimiento del orden publico, etc etc .. Esta no me extraña que digan que es extensa, Constitución Nuestra ...



Nadie puede ser Obligado a declarar sobre su ideología, Religión o creencias. Espero que nadie se chive de mi Adoración W.S. por



Ninguna Confesión Tendrá carácter estatal y que una coletilla También esta muy de moda en los prueba, mantendrLas án consiguientes Relaciones de Cooperación con la Iglesia Católica y demás Confesiones.



arte 17. Derecho a la libertad personal. Esta me encanta, sobre todo la parte del Hábeas Corpus. Algo Así como "tenemos cuerpo" decía una profe mía. Será el latín, Serà el cuerpo, ¿Por que me suena esto a Biblia? Por supuesto, el articulo es mas largo. Te hablan de la detención Preventiva (Ojo con la Duración , Que no podra extenderse mas tiempo del Estrictamente Necesario para la Realización de las averiguaciones tendentes al Esclarecimiento de los hechos, Y, en todo caso ... bla bla... Es decir 72 horas. Aparte del Procedimiento mencionado anteriormente, También destaca lo de Detenida Toda persona debes ser informada... es decir, como en las Películas americanas. ¿Estará suelto Clint Eastwood?



arte 18. Derecho a la Intimidad. Inviolabilidad del domicilio. Y yo me acuerdo de Corcuera. Muy en boga, el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar. Advierto A LOS paparazzis que conozco a la perfección este Artículo. El domicilio es inviolable. Vamos que no hay pecado Se Puede entrar el Consentimiento del dueño, salvo Resolucisobre las medidas judiciales, o en caso de flagrante delito (no sólo mi nuevo Mercedes es flagrante por lo visto ...)



arte 19. Libertad de Residencia y circulación O Como en los prueba te Pueden complicar un articulo sencillo. Este es un buen ejemplo. Viene a decir, que los españoles podemos elegir donde queremos estar (de ahí el título), dentro del territorio nacional. Igual para las entradas y salidas del Estado, por motivos que no Pueden ser limitado políticos o ideológicos, o todo a la vez.



Los Dejamos Artículos 20 al 29 ambos inclusive, otro para día.



amén.